Vistas las medidas cautelares solicitadas en el escrito libelar por la parte demandante Abogado: JULIO CLORALDO TORO ZARATE, actuando en nombre y representación de los ciudadanos: YURI DEL CARMEN COLMENARES ARMAO, (identificación omitida por disposición de la Ley) , venezolanos, solteros, mayor de edad la primera, adolescente la segunda, y niña y niño los dos últimos, presentados estos dos últimos por sus madres ciudadanas MIGUELINA DEL CARMEN GOYO TERAN y YESENIA DEL CARMEN SOTO, venezolanas, solteras, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nº 15.400.167, 25.912.397, 13.484.584 y 18.035.948, respectivamente, relativas al ACCIDENTES DE TRABAJO O ENFERMEDADES OCUPACIONALES, es necesario traer a colación el contenido del artículo 466 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes