ACUERDO: PRIMERO: El padre SANTOS ANTONIO VÁZQUEZ, conviene en fijar por concepto de obligación de manutención a favor de sus hijos: los adolescentes (identificación omitida por disposición de la Ley) , de quince (15), catorce (14) y doce (12) años de edad, en su orden la cantidad de SETENCIENTOS BOLIVARES (Bs.700,oo) mensuales, los cuales será entregados a la madre previo recibo firmado por la madre. SEGUNDO: Ambas partes convienen en cubrir los gastos del 50%, de los útiles escolares, ropa, calzado, medicinas y medico. TERCERO: Ambas partes manifiestan estar de acuerdo en los términos en los cuales ha quedado fijada la OBLIGACIÓN DE MANUTENCIÓN en beneficio de sus hijos previamente identificados. Ahora bien, como quiera que dicho acuerdo conciliatorio no vulnera los derechos de los adolescentes (identificación omitida por disposición de la Ley) , de quince (15), catorce (14) y doce (12) años de edad, sino que contribuye a su interés superior, este Tribunal en atención al princ.....