DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS de los bienes dejados por el causante CARLOS ALBERTO TORRES PEREZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº V-9.567.204, a sus hijos MERLICAR ALEJANDRA TORRES PEÑA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-19.376.642, de veintiséis (26) años de edad, CARLOS EDUARDO, CARLOS ALEJANDRO, KARLA PAOLA y CARLOS ALBERTO TORRES QUERALES, venezolanos mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-20.389.056, V-20.389.057, V-22.104.256 y V-24.814.683, de vein.....