DISPOSITIVA
En virtud y fuerza de lo antes expuesto, el Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Transición del Circuito Judicial de Tribunal de Protección del Niño, Niña y Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa- Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA UNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS, de los bienes dejados por el causante WILLY DANIEL ALEJOS LINAREZ, quien fuera venezolano, mayor de edad, titular de la Cedula de Identidad N° V-16.566.952; quien falleció el día diez (10) de Febrero del año 2018, según Acta de Defunción Nº 247, emanada por el Registro Civil del Municipio Araure, del Estado Portuguesa, a su cónyuge: ANYELA DE JESUS ALEJOS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-20.640.546, y a sus hijos: MARCOS DANIEL ALEJOS RODRIGUEZ venezolano, mayor de edad, titula.....