PRIMERO: El padre cancelará por concepto de fijación de la obligación de manutención en beneficio de sus hijas la cantidad de SESENTA MIL BOLIVARES (Bs. 60.000,00) mensual, SEGUNDO: En los meses de agosto y diciembre, el padre se compromete a aportar la cantidad de CIENTO CINCUENTA MIL BOLIVARES (150.000,00), para costear los gastos de uniformes escolares (vestido y calzado). TERCERO: Los beneficios que recibe por concepto de becas estudiantiles, útiles escolares, juguetes, además del cincuenta por ciento (50%) de los gastos de atención medica, medicinas, odontología y otros que requieran las niñas. La demandante consigna en este acto cuenta Nº 0105-0059-11-0059-4467-22, Banco Mercantil, cuenta de ahorro, a nombre de la ciudadana INGRID COLMENARES, para que el ciudadano YOHANNY LEO, deposite mensualmente la obligación de manutención. CUARTO: Ambas partes solicitan a este Tribunal, homologue el presente convenimiento, y en caso de incumplimiento se proceda conforme lo establece el art.....