D I S P O S I T I V A
Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos este Tribunal Segundo de Primera Instancia en funciones de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Declara:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de NULIDAD DE ACTAS DE REGISTRO CIVIL (ACTA DE DEFUNCIÓN) del De Cujus PEDRO JOSÉ GALINDO GUTIÉRREZ, presentada por la ciudadana NANCY MARÍA CUERO CAMPAZ, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-17.260.813, actuando en nombre y representación de su hijo, el niño Identificación Omitida por Disposición de la Ley , de 07 años de edad, asistida por el Abogado en ejercicio Miguel Armando Hernández Aguilera, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 65.695, con fundamento en el artículo 177 Parágrafo Segundo lite.....