El padre conviene en aportar la cantidad de TRESCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 300,oo) MENSUALES, por concepto de Obligación de Manutención. De igual forma, se compromete a aportar SEISCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 600,oo) durante el mes de septiembre, para gastos de uniformes, calzado y útiles escolares y MIL DOSCIENTOS BOLÍVARES (Bs. 1.200,oo) durante el mes de diciembre para costear los gastos de vestido, calzado y presente navideño de su hija La identificación se omite de conformidad con lo establecido en el articulo 65 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, Niña y del Adolescente. SEGUNDO: Dichas cantidades serán deducidas del salario mensual del padre y depositada en la Cuenta de Ahorros Nº 0175-0014-79-0010111851 del Banco Bicentenario, a nombre de la madre. A tales fines, ambos progenitores convienen en que se oficie a la Dirección de Recursos Humanos de la Zona Educativa del estado Portuguesa, a los efectos de que realice la correspondiente retención de las cantidades acordadas por.....