Ahora bien, como quiera que el anterior ACUERDO PARCIAL no vulnera los derechos del niño: Identificación Omitida por Disposición de la Ley , arriba identificado, sino que contribuye a satisfacer su interés superior, este Tribunal en observancia al principio procesal estatuido en el artículo 450, literal "e" eiusdem, LE IMPARTE SU HOMOLOGACIÓN, DÁNDOLE CARÁCTER DE SENTENCIA FIRME EJECUTORIADA. En este estado, el tribunal deja constancia QUE NO HUBO ACUERDO con relación a las causales de divorcio alegadas por el demandante en el libelo de la demanda. Acto seguido, el demandante MAURICIO GÓMEZ MORA, manifiesta al Tribunal su intención de continuar con el presente procedimiento, solo en lo que respecta a las causales de divorcio invocadas, en consecuencia, se DECLARA CONCLUIDA LA FASE DE MEDIACIÓN Y SE ACUERDA LA CONTINUACIÓN DEL PROCESO, solo en lo que respecta a las causales de divorcio previamente establecidas en la demanda. Todo de conformidad con lo dispuesto en el los artículos.....