PRIMERO: El padre El padre entregará a la madre la cantidad de QUINIENTOS BOLÍVARES (Bs. 500,00) durante los primeros siete (07) días de cada mes mediante recibo de pago. SEGUNDO: En el mes de Diciembre, el padre adquirirá vestido, calzado y presente navideño además del calzado que utilizará en el año. La madre se compromete a adquirir calzado, vestido, para el 31 de diciembre, además de la ropa de uso diario. CUARTO: Se comprometen ambos padres a cubrir los gastos de medicinas, atención médica, recreación y otros; en un cincuenta por ciento (50%) cada uno de ellos. Ahora bien, como quiera que dicho convenimiento no vulnera los derechos del niño arriba identificado, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Mediación y Sustanciación en Funciones de Ejecución de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Primer Circuito Judicial de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, con sede en esta ciudad de Guanare, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autor.....