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Decisiones del dia 23/07/2021

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
Paginas 1 [Total de sentencias: 4] Página 1 de 1
N° Expediente : S-0587-A-21 N° Sentencia : 1535 Fecha: 23/07/2021
Procedimiento:
Justificación De Perpetua Memoria
Partes:
DANIELA D´AGROSA YANNARILLI Y OTRO
Resumen:
Ahora bien, ante la existencia de las mejoras y bienhechurias descritas en la solicitud, la vocación agraria de las mismas y la tenencia productiva por parte los ciudadanos DANIELA D´AGROSA YANNARILLI y GABRIEL ANTONIO D´AGROSA RODRIGUEZ. Aunado, a las declaraciones de los testigos evacuados por ante este Tribunal, así como, también la prueba de inspección judicial y las pruebas documentales aportadas en autos, se desprende que los ciudadanos DANIELA D´AGROSA YANNARILLI y GABRIEL ANTONIO D´AGROSA RODRIGUEZ, han fomentado esas mejoras y bienhechurías agrícolas, razón por la cual, se considera tales diligencias suficientes para declarar el justificativo, solicitado por los ciudadanos DANIELA D´AGROSA YANNARILLI Y GABRIEL ANTONIO D´AGROSA RODRIGUEZ, de conformidad con lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil. Así se decide.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00560-A-21 N° Sentencia : 1537 Fecha: 23/07/2021
Procedimiento:
Nulidad
Partes:
DANIELA D´AGROSA YANNARILLI Y OTRO VS SOCIEDAD MERCANTIL AGROSERVICIOS NUCLEO 16, C.A
Resumen:
Ergo, lo solicitado en la medida cautelar innominada, coincide con el fondo debatido en la acción nulidad de acta, ya que lo que se solicita como medida cautelar innominada es exactamente lo mismo que traería como consecuencia la declaratoria del CON LUGAR de la acción propuesta. Considera éste Juzgador que ciertamente para pronunciase sobre la solicitud de la medida que nos ocupa, debe entrar a analizar el fondo del asunto, ya que ambos tienen perfecta identidad, razón por la cual y en acatamiento a lo expresado por la jurisprudencia del máximo Tribunal del país, considera el Tribunal que no puede hacer uso de los poderes cautelares, ya que se estaría inmiscuyendo en lo que sería la resolución de fondo y en virtud de ello no se puede acordar la medida cautelar solicitada y así se decide. En esta misma línea de ideas, el Tribunal advierte la solicitud cautelar relativa al mandato por parte del Tribunal, al ciudadano codemandado JONATHAN RENE D’AGROSA VAZQUEZ, informe la ubicación de.....
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
arriba

N° Expediente : 00537-A-21 N° Sentencia : 1538 Fecha: 23/07/2021
Procedimiento:
Rendición De Cuentas
Partes:
LOURDES BEATRIZ DI PIETRO SANTANGELO Y OTRO VS HENRY FRANCISCO ARANGUREN Y OTROS
Resumen:
En consecuencia, para el proferimiento de cualquier acto jurisdiccional, el juez o la jueza agrario, debe ponderar los riesgos en que se encuentren los anteriores bienes públicos para dictar las medidas tendientes a su protección. Por lo tanto para el decreto de la medida nominada del caso de marras, debe el solicitante siempre demostrar la "presunción grave", de los elementos tradicionales constitutivos de la medida, es decir, la existencia del periculum in mora y del fumus bonis iuris, en el grado exigido por la legislación especial agraria. Al respecto este Tribunal advierte que de lo señalado en la solicitud de la medida; que exista el riesgo de que la sentencia que de ilusoria. Sin embargo, a las pruebas destinadas a demostrar el segundo de los requisitos, este Juzgado, si advierte la posibilidad del derecho invocado, por lo que declara satisfecho la presunción del buen derecho. Así se decide.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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N° Expediente : 0559-A-21 N° Sentencia : 1536 Fecha: 23/07/2021
Procedimiento:
Medida De Proteccion Agraria
Partes:
DANIELA D´AGROSA SIGOLOVIC Y OTRO VS JOSÉ LEONARDO JIMENEZ CARMONA
Resumen:
Lo anterior conlleva a este Juzgador a considerar que han sido satisfechos los requisitos de la Ley, para acordar la Medida de Protección Agroalimentaria, solicitada, pues de las documentales presentadas y de la inspección judicial realizada se evidencia la existencia de la presunción del buen derecho (Fumus bonis iuris) de la parte solicitante al observarse su posesión agraria sobre el predio; y se desprende el peligro de perdida, ruina o desmejoramiento (periculum in damni), que recae sobre la producción agraria, al existir la posibilidad de que se vean afectadas las mismas, por no poderse realizar las actividades agrarias, lo que afectaría la seguridad agroalimentaria de la nación (interés colectivo), en razón de la tardanza propia del proceso judicial y de las formas procesales para ser atendida la pretensión expuesta por la parte solicitante (periculum in mora). Así se establece.
Juez/Ponente:
Marcos Ordoñez
Organo:
Juzgado Segundo de Primera Instancia Agraria
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