PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR DESAFECTO interpuesta por el ciudadano: Pedro Jose García Vásquez, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 14.332.223, con citación de su cónyuge la ciudadana: Elena del Carmen Fernández Rivero venezolana, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº12.012.073, de conformidad con lo establecido manifiesta en el escrito de solicitud que pide el divorcio conforme al artículos 185 del Código Civil, en concordancia con el contenido de la sentencia vinculante signada con el número 1070, de fecha nueve de diciembre del dos mil dieciséis (09/12/2016), emanada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia.
SEGUNDO: Corolario de lo anterior conforme al artículo 184 eiusdem, se declara DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL, contraído por los referidos ciudadanos en fecha veinticinco de julio del dos mil catorce (25/07/2014), por ante el Registro Civil del Municipio Guanare estado Portuguesa.
Publíquese, re.....