Este Tribunal Cuarto de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Guanare del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, y de conformidad con dispositivo legal del Articulo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara estas diligencias bastantes para asegurarle a la ciudadana MARIA EULALIA PAREDES DE CARRERO, ya identificada, el Derecho de Propiedad y Posesión sobre una parcela de terreno propio, según consta en documento debidamente registrado por ante el Registro Publico de los municipios Guanare, Papelón y San Genaro de Boconoito del estado Portuguesa, en el protocolo 1º, tomo 8º, 2º trimestre del año 2009, bajo el Nº 8, folios 56 al 57 de fecha 13 de Mayo del año 2009, el cual tiene un área de TRES MIL CINCUENTA METROS CUADRADOS CON OCHENTA Y SEIS CENTIMETROS (3.050,86 mts) y se encuentra alinderada de la siguiente manera: NORTE: calle s.....