DISPOSITIVA:
Por los motivos antes expuestos, este Juzgado de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas del Municipio Sucre del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara CON LUGAR, la Obligación de Manutención, solicitada por la ciudadana Damelys del Carmen Terán Villegas, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 18.071.588, en representación de su hijo xx, contra el ciudadano Alfirio Antonio Ortegano Márquez, venezolano, mayor edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 19.670.3346, domiciliado en la carrera 4 entre calles 4 y 5 de esta población de Municipio Sucre del estado Portuguesa, y fija la cantidad de dos mil quinientos bolívares (Bs. 2.500,oo), mensuales, el doble de la cantidad en el mes de diciembre para gastos decembrinos, más el 50% de los gastos de consulta.....