En consecuencia, de conformidad al articulo 184 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con las Sentencias Nº 693 del 02 de Junio del 2015 y 1070 de fecha 02 de Junio del 2015, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos FRANK REINALDO PANICCIA MEDINA Y ROSARIO ANGELINA FLORES CASTILLO, en fecha tres (03) de Septiembre del 2014, por ante el Registro Civil del Municipio Araure, según consta en acta de Matrimonio, inserta bajo el Nº 271.
PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua al primer (01) día del mes de Noviembre de Dos Mil Diecinueve (2019).
Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO
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