En consecuencia, de conformidad en el artículo 185-A del Código Civil Venezolano, queda DISUELTO el vinculo conyugal contraído por los referidos ciudadanos DANIEL ENRIQUE DELGADO CASAMAYOR y YENIFER NAVAS ROJAS, quienes manifestaron en su escrito libelar haber contraído matrimonio civil en fecha en fecha en fecha Seis (06) de Noviembre del 2.000, por ante la primera Autoridad Civil del Municipio Araure, Estado Portuguesa, según consta en acta de Matrimonio, inserta bajo el Nº 282. PUBLÍQUESE Y REGÍSTRESE.
Dada, sellada, firmada y refrendada en la Sala del Despacho del Tribunal Primero de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Páez y Araure del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en Acarigua a los 14 día del mes de Diciembre del Dos Mil Veintidos (2022).
La Juez Provisorio,
Abg. TAMARI COROMOTO GUTIERREZ OCANDO
La Secretaria Titular,
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