DISPOSITIVA
Por todas las razones antes expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, declara: ADMISIBLE, el Recurso de Apelación contra auto interpuesto por el defensor público de presos N° 06, a favor del ciudadano: JOSE ARGENIS PACHECO FLORES,contra la decisión dictada en fecha 05-04-05, por el Tribunal Primero de Primera Instancia en funciones de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, extensión Acarigua, mediante la cual se abstuvo de dictar pronunciamiento sobre la solicitud de régimen abierto a favor del penado JOSE ARGENIS PACHECO FLORES, hasta tanto se reciba el resultado de una investigación ordenada ante el SENIAT.
Publíquese, regístrese, y Diarícese. Dada firmada y sellada en la sala de audiencias de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, los seis días.....