IV
DISPOSITIVA
Por las razones precedentemente expuestas, esta Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República por autoridad de la Ley, actuando en sede constitucional, dicta los siguientes pronunciamientos: PRIMERO: Se declara COMPETENTE para conocer de la presente acción de amparo constitucional por omisión de pronunciamiento; y SEGUNDO: Se declara INADMISIBLE el amparo constitucional incoado en fecha 23 de octubre de 2018, por el Abogado GUSTAVO ALBERTO ALVARADO REINOSO, quien se atribuye la representación del ciudadano a quien identifica como SONNY EDUARDO GUTIÉRREZ, en la causa penal Nº PP11-P-2017-007045, seguida ante el Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en Funciones de Control Nº 04, Extensión Acarigua, por omisión de pronunciamiento por parte de la Abogada NOHEMI ORTIZ en su condición de Jueza del Tribunal de Control Nº 04, Extensión Acarigua, ello en razón del incumplimiento del numera.....