DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Declara Flagrante la Aprehensión de los imputados Gutiérrez Díaz Rafael Simón y Jacinto Segundo Rodríguez Hernández, de conformidad con el Articulo 248 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.-Se acoge la calificación jurídica por el delito de Aprovechamiento de cosa proveniente del delito concatenado con el artículo 43 segundo párrafo de la Ley Orgánica del Ambiente.
3.- Se acuerda la Continuación del presente procedimiento por la via ordinaria de conformidad con lo previsto en el artículo 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
4.- Se impone a los imputados Gutiérrez Díaz Rafael Simón y Jacinto Segundo Rodríguez Hernández, la medida cautelar Sustitu.....