DISPOSITIVA
Por las razones antes expuestas, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Condena a los acusados condena a los ciudadanos Miguel Antonio Barrios Heredia, Titular de la Cédula de Identidad N° V-24.018.110, soltero, de 18 años de edad, de Profesión u Oficio estudiante, residenciado en la Urbanización Virgen de Coromoto, Calle I, casa N° 23, Guanare Estado Portuguesa y José Manuel Álvarez Méndez, Titular de la Cédula de Identidad N° V-24.449.684, soltero, de 18 años de edad, de Profesión u Oficio indefinida, residenciado en el Barrio 810, Valencia, Estado Carabobo, a cumplir la pena de (06) años y ocho (08) meses de prisión más las accesorias de ley, por el delito de robo agravado, previsto y sancionado en el articulo 458 del Código Penal, en perjuicio de (se om.....