DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica la detención de los imputados John Jairo Bernal Sandoval, Rigoberto Pérez González y Jorge Alexander Torres Sánchez, en situación de flagrancia por estar llenos los extremos del artículo 248 del texto adjetivo penal.
2.- Acoge la precalificación jurídica dada por el Fiscal del Ministerio Público de Trafico Ilícita de Sustancias Estupefacientes y Psicotrópicas, previsto y sancionado en el artículo 149 de la Ley Orgánica de Drogas en perjuicio del Estado Venezolano, y Asociación Organizada para delinquir de conformidad con el artículo 6 de la Ley Orgánica de delincuencia Organizada.
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