DISPOSITIVA
Por los fundamentos antes expresados, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal Estadal y Municipal en funciones de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se declara legítima la aprehensión en flagrancia de los imputados Asdrubal José Paredes Álvarez y Adelis de Jesús Peraza Almao, de conformidad con el artículo 234 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se acoge la precalificación jurídica para Asdrúbal José Paredes Álvarez, por el delito de Porte Ilícito de Arma de Fuego, previsto y sancionado en el articulo 277 del Código Penal, y para Adelis de Jesús Peraza Almao, el delito de Posesión Ilícita de Sustancias Estupefacientes, previsto y sancionado en el articulo 153 de la Ley Organica de Drogas.
4.- Se acuerda con lugar la solicitud del Fiscal del Ministerio Publico, de la dest.....