DISPOSITIVA
Por las razones expuestas, este Juzgado de Control N° 1 de Primera Instancia del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Admite totalmente la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el acusado Gudiño León Jesús, venezolano, natural de Biscucuy, Estado Portuguesa, soltero, nacido en fecha 14-09-1957, de profesión u oficio Obrero, titular de la Cédula de Identidad Nº 4.962.551, residenciado en el Barrio Obrero calle 05, Negro Primero, Casa Nº 36-57, Biscucuy Estado Portuguesa de conformidad al artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal, en aplicación supletoria a la ley especial.
2) Se acoge la calificación jurídica dada por el Ministerio Público como de Amenaza, previsto y sancionado en el artículo 41 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, en perjuici.....