DISPOSITIVA
Por los motivos expuestos, este Tribunal de Control N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dictamina:
Primero: DECRETA EL SOBRESEIMIENTO DEL PROCESO, seguido contra los ciudadanos Valderrama Pérez María Raquel, Canelon González Antonio José y Valderrama Leobaldo Ángel, ya identificados, el cual fue iniciado por los delitos de RESISTENCIA A LA AUTORIDAD Y LESIONES PERSONALES LEVES, previstos y sancionados en los artículos 218 y 416 del Código Penal, en perjuicio de El Estado Venezolano y Chirinos Ramos Miyerlain Coromoto, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 46 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el artículo 300.5 ejusdem por extinguirse la acción penal de acuerdo a lo estipulado en el artículo 49.7 del Código Orgánico Procesal Penal, por el cumplimiento de las obligaciones impuestas con ocasión de la Suspensión condicio.....