DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Acuerda la calificación de flagrancia y la prosecución por la vía del procedimiento Ordinario; conforme al 248 y 373 del Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Se admite la pre-calificación jurídica presentada por el Ministerio Público como Homicidio Intencional previsto y sancionado en el artículo 405 del Código Penal Venezolano, en perjuicio del ciudadano Jaime Castillo.
3.- Se decreta al Imputado Alexis Ramón Martínez, Medida Judicial Privativa de Libertad, por encontrase llenos los extremos del articulo 250, 251 y 252 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara sin lugar la solicitud de la defensa de imponer una medida menos gravosa. Se acuerda su re.....