1) Admite la acusación presentada por la Representación Fiscal, contra el acusado HERRERA SILVA LUIS ALFONSO, de conformidad al artículo 308 del Código Orgánico Procesal Penal, se declara sin lugar lo solicitado por la Defensa en relación a que se desestime la acusación.
2) Se acoge la calificación jurídica dada por el Ministerio Público, por los delitos de Robo Agravado de Vehiculo Automotor, previsto y sancionado en el articulo 5 de la Lev sobre el Hurto y Robo de Vehiculo Automotor, Aprovechamiento de Cosa Proveniente del Delito, previsto y sancionado en el articulo 470 del Código Penal, Porte Ilícito de Arma de Fuego y Detentación de Cartuchos, previstos y sancionados en el articulo 277 del Código Penal, en relación con el articulo 9 de la Ley sobre Armas y Explosivos, Resistencia de Autoridad, previsto y sancionado en el articulo 218 del Código Penal, y Uso de Adolescente para Delinquir, previsto v sancionado en el articulo 264 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño, N.....