DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Se Decreta la aprehensión del ciudadano ANTONIO MONTILLA MEJIAS, como flagrante y acuerda la aplicación del procedimiento Ordinario de conformidad con lo previsto en los artículos 248 y 373 de Código Orgánico Procesal Penal.
2.- Acoge la pre-calificación jurídica presentada por el Ministerio Público como Lesiones Intencionales Gravísimas tipificadas y sancionadas en el artículo 414 del Código Penal en perjuicio del niño Alí José Pinto Graterol.
3.- Impone al Imputado ANTONIO MONTILLA MEJIAS, las Medidas Cautelares Sustitutivas de Libertad, de conformidad con el articulo 256 ordinales 3°, 4° y 6°, del Código Orgánico Procesal Penal, consistente en la presenta.....