EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Admite totalmente la acusación presentada por la representación Fiscal contra la imputada DAMARIS JOSEFINA BALZA GARCIA, por el delito de Explotación Sexual Agravada de Adolescentes, previsto y sancionado en el articulo 258 primer aparte de la Ley Orgánica para la Protección de Niños Niñas y Adolescentes (de 10 de diciembre de 2007, (Gaceta No. 5.859) por cuanto es la ley vigente aplicable para el momento de los hechos, y no la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente en perjuicio de las adolescentes (SE OMITE EL NOMBRE POR RAZONES DE LEY).
2.- Admite totalmente las pruebas presentadas por el Ministerio Público, de conformidad con el artículo 197, 198 y 199 del Código Orgánico Procesal Penal. Así mismo no hubo ofrecimiento alguno hecho por la defensa.
-Admitida la acusación en los términos expresados, se le informó a la imputada de l.....