Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Control 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, En Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1) Se admite la presente acusación contra el ciudadano Silva González Tony Rafael, venezolano, natural de Caracas Distrito Capital, de cuarenta y un (41) años de edad, fecha de nacimiento 14/11/1970, titular de la Cédula de Identidad N° V-10.536.722, residenciado en el Barrio El Valle, Gato Negro, con desvío 02, casa s/n, Guanare estado Portuguesa, hijo de Edgle Gonzáles (Dif) y Julio Silva (Dif)., por considerar que están llenos los extremos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal.
2) Se admite la calificación jurídica dada por el Ministerio Público de Homicidio Intencional en Grado de Frustración previsto y sancionado en el articulo 405 del Código Penal en concordancia con el articulo 80 ejusdem, en perjuicio del ciudadano García Perdomo Alfred.....