En consecuencia, este Tribunal de Control Nº 1 en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, previo el cumplimiento de las formalidades previstas en el artículo 41 del Código Orgánico Procesal Penal, Homologa el Acuerdo Reparatorio entre el imputado PAVEL ALFONSO PERDOMO RODRIGUEZ, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V-12.509.781, Fecha de nacimiento 09-12-1975, de 35 años de edad, estado civil soltero, de profesión profesor en el Programa de Agroecológica de la UBV, residenciado en la Urbanización Altos de la Colonia, Etapa II, calle 02, casa 8-150, teléfono 0416-1472292, y la victima ciudadano Félix María Pérez, el Tribunal aprueba dicho Acuerdo Reparatorio por haberse celebrado de acuerdo a los requerimientos legales, debiendo por consiguiente declararse extinguida la acción penal de conformidad con el articulo 48 numeral 6 del Código Orgánico Procesal Penal, en relación con el articulo 318 numeral 3 ejusdem se DECRETA EL SOBRESEIMI.....