En la referida solicitud se observa que el abogado defensor del prenombrado imputado es el ciudadano Abg. Manuel Atahualpa Jaén, lo cual se desprende al folio veintiuno (21) de la presente causa, Acta de Audiencia de Oír Declaración, donde el imputado lo designa y él estando presente acepta la designación de Defensor Privado, se observa que el ciudadano Rivas García Amado Antonio, manifestó "...nombrar como defensor privado al Abg. Manuel Atahualpa Jaén Barreto", y siendo el defensor privado del imputado, mi cónyuge, lo cual pondría en duda la imparcialidad que debe caracterizar mis funciones como Juez, es mi deber inhibirme de conocer la presente solicitud, así lo hago y me inhibo de conformidad con el articulo 90 en relación con el 89 ordinal primero del Código Orgánico Procesal Penal, y como consecuencia de ello se ordena la remisión Juzgado de Control que por distribución le corresponda, sustanciado la presente como incidencia en cuaderno separado al que se agregaran las copias ce.....