Por las razones ya expresadas éste Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control N° 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
Único: Orden la libertad inmediata sin restricción alguna, del ciudadano JOSE MAXIMILIANO PUERTA GARCIA, venezolano, nacido en la ciudad de Barinas, estado Barinas, en fecha 22 de agosto del año 1963, de oficio obrero, titular de la cédula de identidad N° V-9.263.157, residenciado en la Calle Marcano, Sector Bella Vista, Casa S/N, Porlamar Estado Nueva Esparta, instando al Ministerio Público a ubicar las actuaciones procesales para una definitiva resolución de la situación procesal del citado ciudadano, con lo cual se le acuerda lo solicitado por la defensa, y de oficio, por considerar el delito imputado o que dio lugar a la orden de captura de menor gravedad se acuerda suspender las orden de captura que pesa con.....