DISPOSITIVA
Con base a las consideraciones que anteceden, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en Función de Control No. 3 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa con sede en Guanare, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
1.- Califica como flagrante la aprehensión de que fue objeto el ciudadano Rafael José Graterol Montaña, venezolano, mayor de edad, natural de Chinquiquira Estado Zulia, de 33 años de edad, de fecha de nacimiento 23-04-1972, de oficio albañil y herrero, titular de la cédula de identidad N° V-13.088.118 y residenciado en el Barrio Victoria, calle principal, casa s/nº, cerca de la escuela, Guanare estado Portuguesa, por la comisión del delito de actos lascivos, previsto y sancionado en el artículo 376 del Código Penal, en perjuicio de la adolescente Yoly Yorly García García.
2.- Acuerda la tramitación de la presente causa por el procedimient.....