DISPOSITIVA
En atención a los fundamentos señalados, este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal, en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial penal del estado Portuguesa, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA EJECUCIÓN de la sentencia dictada por el Juzgado de Juicio Nº 03 de este Circuito Judicial Penal, Por Admisión de los Hechos contra José René Vásquez González, venezolano, natural de Biscucuy, estado Portuguesa, titular de la cedula de identidad Nº11.707.586, nacido el 20- 08-1992, de 32 años de edad, soltero, agricultor, hijo de Benigna González y Roselino Vásquez, con residencia en el Caserío La Tregua, calle 02, Casa S/N, de Biscucuy Municipio Sucre del Estado Portuguesa, por el delito de Homicidio Intencional, previsto y sancionado en el artículo 407 con la atenuante del artículo 66 del Código Penal en perjuicio de Rafael Antonio Arnaiz Rondon, mediante la cual se declara proceden.....