Por lo anterior expuesto, este Juzgado de Primera Instancia en función de Ejecución Nº 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara EXTINGUIDA LA RESPONSABILIDAD PENAL del ciudadano MALDONADO NIÑO JOSÉ JORDÁN, venezolano, natural de San Cristóbal, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nº V 12.813.393, residenciado en el Barrio San Carlos, carrera 14, calle 1, pasaje acueducto, casa Nº 11-62, parroquia pedro Maria Morantes, estado Táchira, de Conformidad con el Artículo 105 del Código Penal.
Regístrese, notifíquese a las partes, déjese copia y archívese.
La Juez de Ejecución No. 1
Abg. Narvy del Valle Abreu Moncada
La Secretaria.
Abg. Nina González