DISPOSITIVA:
Por las consideraciones aquí expresadas este Juzgado de Primera Instancia en lo Penal en función de Ejecución No. 2 del Circuito Judicial Penal del estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara redimida la pena impuesta al penado Escalona Luís Enrique, venezolano, natural de Ospino Estado Portuguesa, de 29 años de edad, nacido el 11-01-1978, soltero, obrero, hijo de Juana Josefina Escalona y Padre Desconocido, cedula de identidad Nº V-14.205.612, por el lapso de en un (01) año, un (01) mes y veintiocho (28) días, la cual se rebajará de la pena que originalmente fuere impuesta. Todo de conformidad con los artículos 15 de la Ley de Régimen Penitenciario, 3 de la Ley de Redención Judicial de la pena por el trabajo y el Estudio y 507 del Código Orgánico Procesal Penal. Regístrese. Notifíquese. Déjese copia.
Juez de Ejecución No. 2
Abg. Lisbeth Karina Díaz de Tovar
La Secretaria
Abg. Tania River.....