Por los anteriores razonamientos este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y Autoridad de la Ley DECLARA: 1) CON LUGAR la oposición del tercero pedro Alexander Sáez, y en consecuencia quedan liberados los siguientes bienes: ocho (08) mesas de hierro y fibra de vidrio en color verde y gris, veinticinco (25) sillas de metal color negro y fibra de vidrio color violeta, cuatro (04) bancos de metal color negro y fibra de vidrio color violeta, una (01) vitrina tipo mostrador, de comida rápida en vidrio de acero inoxidable, de once (11) bandejas, con dispensador para calentador de gas y dispensador de enfriamiento con motor adherido, sin marca ni serial visible, marca INREMACA con su respectivo lavaplatos en funcionamiento, un (01) enfriador de tres (03) puertas marca COME REFRI, S.R.L., en acero inoxidable y aluminio en funcionamiento, una (01).....