Por los fundamentos antes expuestos, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito del Primer Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, declara: 1) CON LUGAR la PRETENSIÓN MERO DECLARATIVA DE CONCUBINATO incoada por la ciudadana GUILLERMINA OZAL SÁNCHEZ contra los ciudadanos MARNELY COROMOTO PERAZA SÁNCHEZ, GORJE LUIS PERAZA, ARNOLDO ANTONIO PERAZA SÁNCHEZ, RUBÉN DARÍO PERAZA PÉREZ, RAFAEL HUMBERTO PERAZA OSAL, CARMEN TERESA PERAZA OSAL, ROSA YSELA PERAZA OSAL, MILEIDA COROMOTO PERAZA OZAL, YORDAN COROMOTO PERAZA OZAL, CORQUI LLERMINA PERAZA OZAL, KAIDA YORDALI PERAZA OZAL, la cual se mantuvo desde el año 1967 hasta el 06/02/2014, fecha en que se extinguió el concubinato por el fallecimiento de COROMOTO ANTONIO PERAZA.
Se condena en costas procesales a los demandados por haber resultado totalmente vencidos en esta causa, todo de.....