DISPOSITIVA
Con fundamento a lo antes expuesto este Tribunal de Primera Instancia en funciones de Control N° 2 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara:
PRIMERO: Se Admite la Acusación interpuesta por la Fiscal Segunda del Ministerio Público, por llenar los requisitos del artículo 326 del Código Orgánico Procesal Penal en contra del imputado: Bernardo Andrés Pastuszak Bolex, venezolano, de 26 años de edad, Agricultor, titular de la cédula de identidad N° V- 11.850.335, domiciliado en la calle 9, N° 109 La colonia, Turen, Estado Portuguesa, por la comisión del delito de HOMICIDIO CULPOSO AGRAVADO, previsto y sancionado en el artículo 411 segundo aparte del Código Penal, en perjuicio de los ciudadanos: Keni Reinaldo Rodríguez Cuicas ( hoy occiso ) y María Araujo de Rodríguez ( hoy occisa ).
SEGUNDO: Se admiten parcialmente las pruebas of.....