DISPOSITIVA
Con Base a las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 (unipersonal) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley CONDENA al acusado JORGE LUIS GUEVARA BETANCOURTH, venezolana, de 32 años de edad, fecha de nacimiento 20-08-1972, de estado civil, Casado, natural de esta ciudad, residenciado en: Barrio Campo Lindo, Calle 30-A, con Avenida 21, casa N° 21-37, Acarigua Estado Portuguesa, profesión u oficio Electricista, titular de la cedula de identidad N° V-12.266.333 por el delito de ACOSO U HOSTIGAMIENTO, en perjuicio de la ciudadana AIDE DEL CARMEN AGUILAR COLMENAREZ, imponiéndole la pena de UN (1) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articulo 16 del Código Penal a saber: 1.- La inhabilitación política durante el tiempo de la condena. 2.- La sujeción a la vigilancia de la autoridad por una quinta .....