DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 (mixto) del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ABSUELVE al acusado GLAUCO GREGORIO JIMENEZ, plenamente identificado, por la comisión del delito de OCULTAMIENTO ILICITO DE SUSTANCIAS ESTUPEFACIENTES, previsto y sancionado en el artículo 34 de la Ley Orgánica sobre sustancias Estupefacientes y psicotrópicas en perjuicio de la Nación Venezolana ; y en consecuencia se ordena el cese de la medida Sustitutiva de Libertad dictada por el tribunal Tercero de Control de este Circuito Judicial Penal y se ordena la LIBERTAD PLENA, de los acusados , todo ello conforme a lo establecido en el artículo 366 del Código Orgánico Procesal Penal.
Regístrese, Publíquese, Diarícese y Déjese copia.
Dada f.....