DISPOSITIVA
En fuerza de las motivaciones precedentes, este Tribunal de Primera Instancia en lo Penal en función de Juicio N° 1 del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa, Extensión Acarigua, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley: SE CONDENA (POR ADMISIÓN DE LOS HECHOS) al ciudadano TOMÁS ANTONIO QUERALES, venezolano, titular de la Cédula de Identidad Nro.V-8.663.618, natural de la ciudad de Turén, Estado Portuguesa, de 44 años, de estado civil Soltero, de profesión u oficio Obrero, residenciado en la Calle 09 con Avenida 5 y 6, Sector Centro, Casa SIN, de la ciudad de Villa Bruzual Municipio Autónomo Turén del Estado Portuguesa,, por la comisión de los delitos de HURTO CALIFICADO EN GRADO DE TENTATIVA, previsto y sancionado en el artículo 453, numerales 3 y 6 del Código Penal concatenado 80 ejusdem, cometido en perjuicio de ASDRUBAL JOSE PADRON, a cumplir la pena de: UN (01) AÑO DE PRISIÓN, más las accesorias previstas en el articul.....