Se publico el texto integro de la sentencia mediante la cual se ABSUELVE al ciudadano: FELIPE ANTONIO ARIAS CORTEZ, a quien el Ministerio Público le atribuyó la comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el artículo 453 ordinales 3º, 4º y 6º del Código Penal, cometido en perjuicio del ciudadano ARGENIS ANTONIO HERNANDEZ; no se condena en costas al Estado Venezolano. Por cuanto el acusado FELIPE ANTONIO ARIAS CORTEZ se encuentra sometido a la medida de privación judicial preventiva de libertad se acuerda el cese inmediato y se ordena su libertad plena. Se deja constancia que el dispositivo del fallo fue dictado en audiencia oral en fecha 15-08-08.