DISPOSITIVA.
Por todos los razonamientos expuestos, este Tribunal de Control Nº 1, del Circuito Judicial Penal del Estado Portuguesa. Sección Adolescentes. Extensión Acarigua, Administrando justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA MEDIDA DE PROTECCION EXTRAPROCESO, a favor de la ciudadana: IDENTIDAD OMITIDA POR RAZONES DE LEY y su grupo familiar, quien figura como víctima en la presente causa, consistente en brindarle PATRULLAJE POLICIAL, con funcionarios adscritos Comisaría de la Zona Policial Nº 2 de los Municipios Páez y Araure del Estado Portuguesa en la residencia de la victima ubicada en la omitida, y en su sitio de estudios ubicado en la U.E.N Hermanas Peraza, sector Campo Lindo, Acarigua, Estado Portuguesa, en horario comprendido de lunes a Jueves, a partir de las 04:00 horas de la tarde, hora de salida del plantel, diariamente y dicha medida se cumplirá por el lapso de seis (6) meses, de conformidad con lo dis.....