Vista las designaciones de los ciudadanos GIUSEPPINA ANTONINA CARLINO LOPEZ, SALVATORE SEGUNDO CARLINO LOPEZ, YENNY HORTILIA SANCHEZ DE CARLINO, AURORA DE JESUS MORILLO, HILARIA LINAREZ DE LEON, VERTILIA SERRADA DE LINAREZ, y LUIS ENRIQUE ESCALONA JARA, titulares de las Cédulas de Identidad números 7.542.418; 7.542.436; 11.076.422; 7.541.185, 8.655.316; 4.370.198; y 4.610.539, en su órden; visto igualmente la Aceptación y Juramento prestado por todos los nombrados. Este Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Sala de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, haciendo uso de las facultades que otorga el 301y 302 y en concordancia con el artículo 177, Parágrafo 1 Literal k) de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y del Adolescente, Les Discierne el cargo de TUTOR definitivo del adolescente ........., de trece (13) años de edad, a l.....