DISPOSITIVA
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para continuar conociendo de la solicitud interpuesta por la ciudadana MARIANNYS CORINA ROJAS GARRIDO, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-21.058.356, contra el ciudadano WILSON WELDRE JUNIOR HERNANDEZ REYES, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V-16.942.614, por motivo de DIVORCIO, en consecuencia, señala como competente al Juzgado Distribuidor de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Turen, Santa Rosalía y Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa. Se acuerda remitir la presente solicitud al Juzgado Distribuidor antes mencionado, a los fines .....