DECISIÓN
Por los anteriores razonamientos, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Transito del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, en nombre de la REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA y Autoridad de la Ley, declara su INCOMPETENCIA EN RAZÓN DE LA MATERIA, para continuar conociendo de la demanda interpuesta por el ciudadano: JORGE FERNANDO REY OLIVEIRA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° V-7.597.251, debidamente asistido por el abogado en ejercicio RONNY ALEXANDER CORDERO CASTILLO, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 128.198, contra los ciudadanos, DULCE LIZ ANGUIANO ZANON, ADRIANNYS CAROLINA ANGUIANO MELLADO, ROGELIO JAVIER ANGUIANO ZANON y REINA YUDIVIC ANGUIANO ZANON, titulares de la cédula de identidad Número: V-5.945.718, V-19.170.268, V-7.945.403 y V-10.639.029, debidamente asistidos por los abogados en ejercicio LARRY NELSON HERRERA y NAHIR SINAID HERRERA JIMENEZ inscritos en el .....