D I S P O S I T I V A
En consecuencia este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA PERIMIDA, la presente demanda por motivo de INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS MATERIALES, incoada por el abogado en ejercicio MANUEL RICARDO MARTINEZ RIERA, inscrito en el inpreabogado bajo el N° 15.962, en su carácter de co-apoderado judicial de la empresa denominada "CONSTRUCCIONES MARGUAN, COMPAÑÍA ANONIMA", contra la empresa GENERAL MOTORS VENEZOLANA, C.A, Sociedad de Comercio, representada por el ciudadano MANUEL KOLSTER BAENA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 11.151.217; la empresa el TUNAL AUTO C.A, representada por el ciudadano ALEJO HERNANDEZ ACOSTA, venezolano, mayor de edad titular de la cédula de identidad N° 7.984.336, y la empresa MOTORES C.....