DECISIÓN
Por las consideraciones precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Primero del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara:
PRIMERO: SIN LUGAR, la apelación de fecha 26 de abril del año 2004, formulada por la coapoderada judicial del demandante, Abogado, Janette Otero, contra decisión de fecha 14 de abril, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, del Régimen Procesal Transitorio de la Circunscripción Judicial del estado Portuguesa, con sede en Guanare, por las razones expuestas en la motiva.
SEGUNDO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la apelación de fecha 26 de abril del año 2004, formulada por la coapoderada judicial de la demandada, Abogado, Anyis Daiyan Peña Hidalgo, contra decisión de fecha 14 de abril, dictada por el Juzgado Primero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo, del Régimen Procesal Transitorio de.....