REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Superior del Trabajo de la Coordinación Laboral del Estado Portuguesa
Guanare, treinta de agosto de dos mil cuatro
194º y 145º
ASUNTO : PP01-R-2004-000088
Visto que las partes en audiencia del día de hoy 30 de agosto de 2004, manifestaron la voluntad de poner fin al presente juicio, haciendo uso de los medios de autocomposición procesal (transacción), en los siguientes términos:
PRIMERO: A los fines de ponerle fin al presente procedimiento de reclamación de prestaciones sociales, la Empresa Moliendas Papelón, S.A, consigna en este acto, cheque N° 00234772, de fecha 27 de agosto de 2004, signado contra la cuenta corriente N° 0108-0542-20-0100024184, de la Entidad Financiera Banco Provincial, a nombre de Linares Delxi, por la cantidad de Bs. 1.150.000,00, monto este que corresponde a la cancelación total de las prestaciones sociales que como trabajadora temporera.
SEGUNDO: La trabajadora Delxi Ramona .....