este JUZGADO DEL MUNICIPIO ESTELLER DEL SEGUNDO CIRCUITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO PORTUGUESA; administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de Divorcio y por consiguiente DISUELTO EL VINCULO MATRIMONIAL contraído por los ciudadanos JUAN RAMÓN LÓPEZ HIDALGO y MARÍA ISABEL GONZALEZ GONZALEZ, plenamente identificados; contraído por ante la Jefatura Civil de la Parroquia La Aparición, Municipio Ospino, Estado Portuguesa, según consta de Acta de matrimonio, inserta bajo el Nº 16, en fecha diez (10) de noviembre del año 1.992, del Libro de Registro Civil de Matrimonios llevados por ese despacho durante ese año y que cursa al folio dos (2) del expediente.
REGÍSTRESE Y PUBLÍQUESE.
Dado, sellado y firmado en la Sala de Despacho del Juzgado del Municipio Esteller del Segundo Circuito de la Circunscripción Judicial del Estado Portuguesa En Píritu, a los siete (07) días.....